EL plan para reducir el ruido en el 'Triángulo golfo' se aplicará en septiembre

El Ayuntamiento tramita el plan para reducir el ruido en el “Triángulo golfo» del Parc i la Llacuna del Poblenou

El Ayuntamiento de Barcelona está tramitando un plan para reducir el ruido en el llamado “Triángulo golfo» en el Parc i la Llacuna del Poblenou, es decir en la zona delimitada por las calles de Almogàvers (entre las calles Marina y Álava), Pallars (entre las calles Zamora y Álava), Pere IV (entre las calles Zamora y Ávila), y Zamora, Pamplona y Álava entre las calles Almogávares y Pere IV.

Un plan que ha superado ya la aprobación inicial y el período de exposición pública y que se encuentra en el trámite de resolución de la docena de alegaciones presentadas por entidades del sector del ocio nocturno, de la restauración y del movimiento vecinal. La aprobación definitiva se prevé una vez resueltas estas alegaciones, hacia septiembre.

Entre las medidas más destacadas que establece este plan se incluyen mantener las restricciones de apertura de nuevos establecimientos musicales, bares y tiendas que venden alcohol. También establece que no se autorizarán más terrazas y reducirá su horario actual.

Previamente a la configuración del plan, el Ayuntamiento realizó un estudio en profundidad sobre el ruido en este ámbito del distrito de Sant Martí, que ha mostrado que se superan de forma reiterada y con creces los valores límite de inmisión de ruido que marca la Ordenanza de medio ambiente de Barcelona. En concreto, durante un período de nueve semanas se midieron los niveles de ruido en el ámbito del triángulo lúdico mediante equipos sonométricos situados en cuatro puntos diferentes, y quedó patente que en todos ellos se superaron los valores límite en más de 3 dB, con lo que, y de acuerdo con la normativa, el plan específico de reducción del ruido resulta necesario y obligatorio.

Nueve paquetes de medidas

Mantener, en el próximo plan de usos, la actual restricción de la implantación de nuevas actividades recreativas musicales, bares y establecimientos comerciales alimenticios que venden alcohol. Se prevé la actualización del plan de usos vigente desde 2016, siendo en este planeamiento donde quedarán recogidas las nuevas restricciones.

Reducción horaria de los establecimientos comerciales alimenticios de pequeñas dimensiones que venden alcohol. Ésta es una medida que ya se ha implantado, mediante el Decreto de Alcaldía de 8 de septiembre de 2022. Afecta a establecimientos de hasta 300 metros cuadrados, que deben permanecer cerrados desde las 22h hasta las 7h los miércoles, jueves, viernes, y sábados, así como las vísperas de festivos.

No permitir la instalación de nuevas terrazas y no permitir la ampliación de terrazas existentes. A partir de la entrada en vigor del plan, no se podrán instalar nuevas terrazas ni se ampliarán las existentes, a fin de no saturar más el espacio público.

Reducción horaria de las terrazas. En la línea de la medida anterior, las terrazas existentes pasarán a tener un horario de 8h a 23h todo el año. Esto implica una reducción de una hora en horario de invierno y de dos horas en horario de verano.

Medidas adicionales a adoptar por los titulares de terrazas para minimizar el ruido provocado por las terrazas. Los titulares de los establecimientos que tengan terraza tendrán que tomar medidas para minimizar el ruido, por ejemplo, colocar tacos de goma a los pies de las mesas y sillas; proteger las cadenas y otros sistemas de sujeción con goma, plástico o silicona, o marcar la ubicación y superficie de ocupación de los módulos de las terrazas.

No permitir la realización de eventos lúdicos, culturales o festivos en el espacio público y no autorizar actividades extraordinarias en espacios abiertos (por ejemplo azoteas o terrazas) en horario nocturno.

Medidas a adoptar por los establecimientos de concurrencia pública (actividades recreativas musicales y actividades de restauración) para minimizar el ruido provocado por estas actividades, por ejemplo, tener instalado un limitador de sonido con registrador, a fin de asegurar que no se sobrepasan los valores límites establecidos por la Ordenanza de medio ambiente de Barcelona; tirar el vidrio antes de las 23 horas de la noche, procurando tirarlo durante el día, o bien disponer como mínimo del número de lavabos y cabinas de inodoro previstas por el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, que deberán encontrar en todo momento en debidas condiciones de higiene y salubridad, y adoptar medidas para agilizar las colas para su utilización.

También se prevé la firma de un nuevo convenio de colaboración para la prevención del incivismo y el despliegue del correspondiente dispositivo de vigilancia privada y de agentes cívicos para fortalecer la seguridad ciudadana de los clientes y concienciar y recordar la necesidad de cumplir con la normativa de convivencia en Barcelona y las consecuencias de no respetarla.

Reducción horaria de determinadas actividades de restauración en la zona de máxima concentración de locales de ocio nocturno. Previamente a esta medida se llevará a cabo una reordenación del flujo de personas para que utilicen itinerarios por las calles en las que no viven vecinos, mediante la acción de agentes cívicos en la vía pública. Sólo en caso de que esta medida previa no funcione, pasados ​​tres meses, se aplicaría la reducción horaria.

Medidas a realizar directamente por los servicios municipales. Control e inspección de las actividades y terrazas; presencia policial; limpieza de las calles una vez finalizadas las actividades; desarrollo de campañas de sensibilización; incluir este territorio en el ámbito de las subvenciones que otorga el Consorcio de Vivienda de Barcelona para la rehabilitación de viviendas para mejorar el aislamiento acústico.