Entrada en vigor de la nueva ley de protección animal

Entra en vigor la nueva ley de protección animal impulsado por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030

Hoy ha entrado en vigor la ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que evidencia que Barcelona ha sido líder en lo que respecta a la protección animal. Una nueva normativa que, entre otras, prohíbe a nivel estatal el sacrificio de animales de compañía y la comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.

La ciudad de Barcelona ha abierto el camino de la actual ley estatal de bienestar animal tal y como acredita un recorrido normativo municipal que, iniciado en 1996 con la constitución del Consejo Municipal de Convivencia, Defensa y Protección de los Animales de Barcelona, ​​tuvo como momento clave la aprobación en 2003 de la primera ordenanza municipal del estado en materia de protección, tenencia y venta de animales.

Así, la prohibición en todo el Estado de sacrificar animales de compañía que entra hoy en vigor ya inició su andadura en Barcelona en 2002 cuando el plenario municipal prohibió el sacrificio de animales de compañía en la entonces perrera exceptuando las razones clínicas. En 2008, la Generalitat recogió el testimonio de la declaración de Barcelona como ciudad de «sacrificio 0» y prohibió en Cataluña sacrificar animales de compañía si no era por motivos veterinarios.


El nuevo Centro de Acogida de Animales de Compañía estará en Montcada

Aval definitivo para el Centro de Acogida de Animales de Compañía de Montcada

 


Principales novedades de la nueva ley estatal de los animales

Aparte de vetar en todo el Estado el sacrificio de animales de compañía, prohibición ya existente en Cataluña desde hace 15 años, la ley 7/2023 publicada en el BOE el pasado 29 de marzo y que hoy entra en vigor incorpora una serie de novedades:

  • Prohíbe la cría de animales de compañía salvo en los supuestos explícitamente regulados por la ley. Así, la cría de animales de compañía sólo podrá llevarse a cabo por personas debidamente inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía. Se desarrollarán reglamentariamente las condiciones para la autorización de la actividad de cría, tipos de criadores autorizados, periodicidad y condiciones de los individuos reproductores.
  • Obliga a identificar mediante microchip y esterilizar quirúrgicamente a todos los gatos antes de los seis meses de edad. Cabe destacar que en Cataluña ya es obligatorio identificar a todos los animales de compañía desde 2008 y que la ordenanza municipal de 2014 ya establecía la obligación de esterilizar todos los animales de compañía salvo los estrictamente vinculados a los núcleos zoológicos de cría.
  • Prevé la obligatoriedad de disponer de un seguro de responsabilidad civil para la tenencia de perros , si bien esta medida está supeditada a la aprobación de un reglamento pendiente de desarrollar. Esta previsión no afecta al requerimiento de disponer de este seguro en la tenencia de perros potencialmente peligrosos, que sigue vigente como hasta ahora.
  • Prevé la aprobación de un listado positivo de animales que serán el objeto de tenencia como “animales de compañía ” y en los que, aparte de perros, gatos y hurones, se establecerá qué animales pueden ser considerados como “ animales de compañía” y objetos, por tanto, de la regulación específica atribuida a ellos. Una vez aprobado el listado positivo de animales de compañía, se considerarán animales silvestres en cautividad a los animales no listados y no se permitirá su tenencia, cría o comercio salvo autorizaciones específicas (actividad de zoos y centros de programas de conservación).
  • Reconoce, protege y regula el control poblacional de todos los gatos comunitarios con el objetivo de reducir progresivamente su población manteniendo su protección como animales de compañía. Cabe decir que el Ayuntamiento de Barcelona ya gestiona el control de colonias felinas de la ciudad desde que en 2003 la ordenanza municipal de protección, tenencia y venta de animales realizó su regulación.
  • Obliga a los responsables de animales de compañía a no dejarlos sin supervisión durante más de tres días consecutivos (en el caso de los perros el plazo no puede ser superior a más de 24 horas consecutivas). En Barcelona, ​​esa obligatoriedad ya existe en base a la regulación territorial.

Puede consultar el texto íntegro de la ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales aquí.