Detectan 17 edificios que no cumplen con el 30% obligatorio de vivienda asequible

Los propietarios de cinco o más inmuebles urbanos serán grandes tenedores

El Departament de Territori ha resuelto la cincuentena de alegaciones que ha recibido en la declaración, el pasado 22 de junio, de 140 municipios del país como zonas de mercado residencial tensionado con el objetivo de poder limitar el precio del alquiler.

En el período de alegaciones y de audiencia pública en los 140 municipios y una cuarentena de entidades del sector, el Govern ha estimado las enmiendas que pedían rebajar de «más de 10» a «5 o más» el número de inmuebles de propiedad que marcan, por ley, quien es un gran tenedor.

Otra de las alegaciones estimada es la que pedía que los promotores sociales no sean considerados grandes tenedores. En este caso, y puesto que la Ley 24/2015 de 29 de julio de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética ya excluyó de la definición de gran tenedor a los promotores sociales, el departamento ha estimado esta alegación. Sin embargo, en este caso quedan fuera los promotores privados de viviendas que tengan por objeto social la promoción de inmuebles con protección oficial destinados a la venta y no al alquiler.


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Con estos dos cambios, la memoria definitiva considera gran tenedor a la persona física o jurídica propietaria de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial, excluyendo garajes y trasteros con excepción de los promotores sociales.

Por lo que respecta al resto de alegaciones, han sido desestimadas las que solicitaban una compensación económica por los propietarios, las que ponían en duda las competencia de la Generalitat para regular el precio del alquiler o los datos que se han usado para a redactar la memoria y los informes de cada uno de los municipios o las que pedían que se pudiera declarar área tensa una unidad menor en el municipio. La documentación se puede consultar en este enlace