Barcelona regula precios asequibles en alojamientos dotacionales y residencias de estudiantes
El Plenario del Consejo Municipal de Barcelona ha aprobado de manera definitiva una ordenanza que regula precios asequibles para alojamientos dotacionales y residencias de estudiantes situadas en suelos de zona. La normativa busca facilitar el acceso a este tipo de equipamientos, garantizando una oferta inclusiva, de calidad y con igualdad de oportunidades.
La ordenanza concreta el régimen de uso, los criterios de selección de las personas usuarias y la duración de las estancias, diferenciando según la tipología del alojamiento y el colectivo al que va destinado. También establece baremos de precios máximos, basados en los parámetros del Decreto Ley 50/2020 sobre vivienda de protección oficial y nuevas modalidades de alquiler.
Alojamiento dotacional: tipologías y criterios de uso
Se definen tres tipologías de alojamientos dotacionales:
- Completos: ocupación privativa de todos los espacios, compartiendo únicamente áreas comunes de paso e instalaciones.
- Con espacios comunitarios: combina zonas privadas con espacios comunes para fomentar la cohesión social.
- Residencial colectivo: habitaciones individuales o dobles con baño, que incluyen espacios comunitarios y colectivos y prestación obligatoria de servicios a los usuarios.
Estos alojamientos estarán destinados a personas con necesidades temporales, como jóvenes, personas mayores o colectivos en situación de vulnerabilidad, así como quienes requieren alojamiento por estudios, trabajo, asistencia sanitaria o actuaciones urbanísticas.
Precios y selección de usuarios
Los precios máximos para las diferentes tipologías se equiparan a los de la vivienda de protección oficial en régimen de alquiler, asegurando así tarifas asequibles. Los criterios de selección se ajustarán en las convocatorias correspondientes a cada equipamiento, gestionadas por las áreas responsables del Ayuntamiento de Barcelona según el colectivo destinatario.
Residencias de estudiantes: regulación de ubicación y capacidad
Para las residencias de estudiantes, la ordenanza establece que:
- No se permitirán en zonas saturadas o de decrecimiento, como el centro de la ciudad, ni en zonas de mantenimiento de plazas, salvo reconversión de alojamientos turísticos o albergues juveniles.
- Solo se autorizarán en zonas específicas 3 y 4, con limitación de densidad y un máximo de 350 plazas por residencia.
Los precios máximos mensuales se fijan según tamaño de la residencia:
- Menos de 200 plazas: 705 € en habitación individual y 633 € en doble.
- Entre 200 y 350 plazas: 645 € en habitación individual y 574 € en doble.
Además, con aprobación del Ayuntamiento y mediante convenio, hasta un 50% de las plazas podrán ser libres, es decir, no concertadas, garantizando flexibilidad en la oferta.
































