Se inician los trámites para las medidas de conducción de los perros en la ciudad previstas en la ordenanza

Se inician los trámites para las medidas de conducción de los perros en la ciudad previstas en la ordenanza



La Comisión de Presidencia, Derechos de Ciudadanía, Participación y Seguridad y Prevención ha aprobado inicialmente la modificación de la Ordenanza de Protección, Tenencia y Venta de Animales (OPTVA) para eliminar la obligatoriedad de disponer de un “Carné de Tenencia Cívica Responsable (CTCR)”.

A grandes rasgos, el texto recoge que los derechos de los animales deben complementarse necesariamente con los deberes de sus propietarios y, por eso promueve la buena convivencia y el civismo estableciendo que, en el futuro, los perros tendrán que ir atados a el espacio público salvo los espacios explícitamente señalados.

La aprobación del carné era uno de los puntos recogidos en la ordenanza (estaba previsto en el artículo 24.2.b) que nunca se ha llegado a materializar por su compleja gestión administrativa y por una falta de eficiencia contrastada.

Un futuro decreto deberá establecer los espacios reservados para los animales de compañía, donde éstos pueden ir sueltos – Áreas para Perros (AG) y Áreas de Recreo para Perros (AEG) -, así como las Zonas de Uso Compartido (ZUC), en las que, en horarios determinados, los animales de compañía podrán ir sin atar, con un espacio mínimo en cada barrio para su ocio y buen desarrollo social.

El decreto de espacios para perros se realizará una vez esté aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza, previsiblemente en otoño. Actualmente se está trabajando a nivel técnico y con los distritos, con el objetivo de tener una ZUC por barrio (73 en total) para garantizar espacios de proximidad para el esparcimiento de perros. Sin embargo, su implantación no se producirá hasta avanzado en el año 2023.

La adecuación de la ordenanza, que hoy ha superado el primer trámite en comisión, no afectará a los considerados perros potencialmente peligrosos, dado que en ningún caso pueden permanecer en la vía pública sin atar, conforme la Ley 10/1999, de 30 de julio sobre tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos.