Pretenden desahuciar a una mujer de 92 años de un piso donde ha vivido desde hace 90

Pretenden desahuciar a una mujer de 92 años de un piso en la Barceloneta donde ha vivido desde que tenía dos años

La interpretación errónea de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que hace una juez, puede condenar a una mujer de 92 años a ser desahuciada del piso donde ha vivido desde que tenía dos años.

Hace 90 años que Marina Gimeno vive en el número 12 de la calle del Mar, en el barrio de la Barceloneta. Cuando tenía sólo tres años, su padre firmó un contrato de renta antigua y, cuando él murió, Marina quedó como subrogada. En los últimos años la propiedad de la finca ha ido cambiando de manos hasta el punto de que el último propietario ha impagado la hipoteca y el banco ha iniciado un proceso de ejecución hipotecaria.

Marina y su hija se han encontrado ahora que el 16 de noviembre de este año tendrán que dejar su casa porque una juez ha resuelto que ellas no tienen derecho a ser sus ocupantes. Esta resolución judicial ha sido denunciada por los abogados de ambas, que consideran que la interpretación de la jueza es «un error garrafal» y confían en que otro tribunal lo enmiende.

Error judicial al interpretar la LAU

Ivo Recoder, abogado de la Asociación Oasiurbà, asegura que la juez comete un error a la hora de interpretar la LAU.

«La juez interpreta que al haberse subrogado del contrato de arrendamiento que tenía su padre sólo tenía derecho a una subrogación de dos años (…) el problema es que la limitación sólo afecta a las subrogaciones a partir del año 94, cuando entra en vigor la nueva ley, y las anteriores se rigen por la LAU de 1964, que establecía que las subrogaciones eran vitalicias».

La subrogación de Gimeno es del año 84 y, por tanto, defiende al representante, es «evidente e incontestable que ella tiene derecho a una subrogación vitalicia».

El letrado apunta a que el auto que decreta el desahucio de Marina no se puede recurrir, y una vez tomada la decisión judicial no puede revertirse dentro del mismo procedimiento, pero queda la posibilidad de pedir la tutela de un juez distinto que «rectifique» la decisión. En este caso, junto con el abogado Oriol Delgado, con quien Recoder colabora, han puesto en marcha un procedimiento declarativo para conseguirlo.

La jueza cuestiona el contrato de renta antigua

El auto de la juez cuestiona que Marina sea titular del contrato de renta antigua, ya que el contrato original no se ha podido presentar al estar en un estado físico muy precario hace años. Sin embargo, tampoco da por válidas las pruebas aportadas por la defensa consistentes en una sentencia del año 1984 en la que consta la subrogación del contrato ni tampoco el pago de la renta o las facturas de los suministros del piso.

Sin notificaciones por la transmisión de la propiedad

Ni madre ni hija recibieron ninguna comunicación del último cambio de propiedad y, por tanto, siguieron pagando el alquiler de 119 euros al mes a la anterior propiedad. Los abogados consideran que la documentación aportada acredita de forma suficiente la relación contractual y se muestran convencidos de que queda probado que Marina ha vivido toda su vida en el mismo número de la calle Mar de la Barceloneta.