Tarifa plana del Ayuntamiento para facilitar le pago de impuestos

El Ayuntamiento impulsa una tarifa plana para facilitar el pago de impuestos por parte de la ciudadanía

El Ayuntamiento de Barcelona, ​​a través del Instituto Municipal de Hacienda (IMH), ha puesto en marcha este mes de noviembre una tarifa plana por facilitar el pago de impuestos por parte de las personas contribuyentes. Se trata de una modalidad de pago que permite fraccionar el pago de tributos en cuotas fijas mensuales. Las personas interesadas podrán darse de alta en este servicio entre el 15 de noviembre y el 10 de enero.

A fin de calcular la tarifa plana se tendrán en cuenta los importes satisfechos de los impuestos del año natural anterior al de la tarifa plana y el número de plazos solicitado. Como máximo, se podrán solicitar 11 cuotas y el importe de cada cuota será superior a los 30 euros.

¿Qué impuestos se pueden pagar en la tarifa plana?

Los tributos que quedan incluidos en esta tarifa plana son los tributos de padrón periódico, impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), impuesto de Circulación (IVTM), tasa de Vados, tasa de Terrazas y tasa de residuos.

El importe de la cuota no variará en todo el ejercicio, excepto en los meses de noviembre y diciembre, ya que durante estos meses ya se podrá calcular la deuda del año y se podrá ajustar. Si el ajuste es a favor de la persona contribuyente se hará la devolución de oficio en la cuenta domiciliada de la tarifa plana. Si no, se hará un último cargo en cuenta. Al final del ejercicio se calculará el importe de la cuota por el año siguiente y se le comunicará al titular por medio electrónico.

En caso de que la persona contribuyente se quiera dar de baja del servicio podrá hacerlo a través del Portal de Trámites y ésta se hará efectiva en el siguiente ejercicio. Por otra parte, la devolución de un pago será motivo para dar de baja el servicio y se le notificará al titular junto con la carta de pago de los tributos que tenga con deuda pendiente.

Las modificaciones de cuenta corriente podrán notificarse en cualquier momento del año. Mientras que si se quieren realizar cambios en la periodicidad, deberá comunicarse durante el período de alta del servicio y se aplicarán el siguiente ejercicio.

Sólo para personas físicas

Esta iniciativa, en un primer momento, sólo es accesible a las personas físicas. La previsión es que pueda ampliarse a las personas jurídicas en el futuro. Todas las comunicaciones se realizan de forma electrónica y las operaciones se llevan a cabo a través del Portal de Trámites. Por este motivo, es obligatorio estar dado de alta en el censo de notificación electrónica. Por otra parte, se garantiza el acceso seguro, ya sea vía certificado digital, ID Cat móvil o Clave PIN.

Esta medida se ha impulsado al constatar que en la ciudad de Barcelona es muy habitual la domiciliación de recibos.