Salvador Illa propone endurecer las penas por tenencia ilícita de armas y reforzar su efecto disuasorio
El presidente de la Generalitat, Salvador Illa, ha anunciado durante el Debate de Política General celebrado en el Parlament una propuesta para modificar el Código Penal y endurecer las penas relacionadas con la tenencia ilícita de armas.
La iniciativa pretende, según ha explicado el presidente, adaptar la legislación penal a la situación actual y reforzar la respuesta frente a los riesgos asociados a la posesión ilegal de armas. La reforma se impulsaría mediante una iniciativa legislativa del Parlamento de Cataluña, al amparo del artículo 87.2 de la Constitución.
Penas más elevadas para la posesión ilegal de armas
La propuesta plantea modificar los artículos 563, 564 y 565 del Código Penal, unas disposiciones cuyas penas, según sostiene el Gobierno catalán, no han experimentado cambios sustanciales desde su incorporación al texto penal.
Uno de los principales cambios afectaría a la tenencia de armas prohibidas o de armas reglamentadas que hayan sido modificadas. En estos casos, la pena pasaría de la actual horquilla de uno a tres años de prisión a entre dos y cuatro años.
También se modificarían las penas relacionadas con las armas de fuego reglamentadas cuando se poseen sin la correspondiente licencia o autorización. Para las armas cortas, la propuesta eleva la pena desde el intervalo actual de uno a dos años hasta entre 18 meses y tres años.
En el caso de las armas largas, la pena actualmente situada entre seis meses y un año pasaría a establecerse entre seis y 18 meses de prisión.
Agravantes relacionados con las armas
La reforma contempla asimismo una respuesta más severa en determinadas circunstancias. Entre ellas se encuentran los casos en los que las marcas de fábrica o los números identificativos del arma hayan sido alterados o eliminados, cuando el arma haya sido introducida ilegalmente en España o cuando haya sido transformada respecto a sus características originales.
Si se trata de armas cortas y concurre alguno de estos supuestos agravados, la pena propuesta se situaría entre tres y cuatro años de prisión. Para las armas largas, el intervalo planteado sería de 18 meses a tres años.
De esta manera, la iniciativa busca establecer una respuesta penal diferenciada en función tanto del tipo de arma como de las circunstancias que rodeen su tenencia.
Sin rebaja de pena cuando el arma se exhiba públicamente
Otro de los cambios planteados afecta al artículo 565 del Código Penal. Actualmente existe la posibilidad de rebajar en un grado la pena cuando, atendiendo a las circunstancias del hecho y del responsable, se considera que no existía intención de utilizar el arma con fines ilícitos.
La propuesta pretende limitar esta posibilidad cuando la tenencia ilegal vaya acompañada de la exhibición del arma ante otras personas en espacios públicos.
La misma protección se aplicaría cuando el arma sea mostrada ante menores de edad, personas con discapacidad que necesiten especial protección o personas especialmente vulnerables. En estas situaciones, la iniciativa plantea que las penas se impongan en su mitad superior.
Una propuesta que toma como referencia otros países europeos
Durante su intervención, Illa ha defendido que la revisión de las penas permitiría acercar la legislación española a la respuesta penal existente en otros países europeos.
La propuesta señala como referencia los sistemas de países como Francia, Portugal, Italia y Alemania, donde determinadas conductas relacionadas con la tenencia ilícita de armas pueden estar castigadas con penas de prisión de hasta cinco años o superiores en determinados supuestos.
El planteamiento del Gobierno catalán parte de la consideración de que el marco penal actual necesita una actualización para responder de manera más adecuada a los riesgos asociados a la posesión ilegal de armas.
La propuesta europea como otro referente
La iniciativa también menciona la propuesta de directiva de la Comisión Europea COM(2026) 102 final, presentada el 26 de febrero de 2026, que se encuentra actualmente en tramitación.
El texto europeo busca avanzar hacia una mayor armonización de las infracciones y sanciones penales relacionadas con las armas de fuego. Entre sus planteamientos figura que la posesión intencionada de armas de fuego, componentes esenciales o munición sin la autorización o declaración requerida pueda recibir una pena máxima de al menos cinco años de prisión.
Esta previsión todavía no tiene carácter vinculante, pero la Generalitat la considera un referente para revisar las penas actualmente previstas en España y reforzar la respuesta penal frente a la tenencia ilícita de armas.
Con la reforma anunciada, el Gobierno de Illa pretende incrementar el efecto disuasorio de las sanciones y prestar una atención especial a aquellas situaciones en las que la presencia o exhibición de armas pueda afectar a terceros, especialmente a menores y personas en situación de vulnerabilidad.





























