Hospitalet de Llobregat destina ayudas para los autónomos

Hospitalet de Llobregat destina ayudas para los autónomos

El Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat ha puesto en marcha el proyecto «L’H Reactiva autónomos». El objeto de esta convocatoria, para el año 2021, es la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a favor de personas trabajadoras autónomas, a fin de mitigar el impacto económico provocado por las medidas de contención de la propagación de la Covid-19.

La cuantía de la subvención será de 1.000 euros por persona física que cumpla los siguientes requisitos:

  • Tener el domicilio fiscal en L’Hospitalet de Llobregat con anterioridad al 17 de marzo de 2021, fecha de la publicación de la aprobación definitiva de las bases particulares en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB).
  • Estar dada de alta en el RETA con anterioridad al 17 de marzo de 2021, fecha de la publicación de la aprobación definitiva de las bases particulares en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB), y cumplir al menos alguno de los siguientes requisitos:

* Tener reconocida la prestación económica extraordinaria por cese de la actividad de apoyo al colectivo de personas autónomas afectadas gravemente en su actividad e ingresos por la situación de emergencia sanitaria derivada de la Covid-19, regulada por el Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, o el Real Decreto ley 30/2020, de 29 de septiembre, o el Decreto ley 39/2020, de 3 de noviembre.

* Acreditar una disminución de sus ingresos de más del 50%, en términos interanuales, entre el tercer y cuarto trimestre de 2019 y el tercero y cuarto trimestre de 2020.

  • Haber justificado, con anterioridad a la resolución definitiva de la concesión de la subvención, cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de Hospitalet.
  • Encontrarse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas con anterioridad al 17 de marzo de 2021, fecha de la publicación de la aprobación definitiva de las bases particulares en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona (BOPB).
  • Encontrarse, antes de la concesión de la subvención, al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y en materia de Seguridad Social.
  • Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones económicas con el Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat.
  • En caso de que la actividad suponga el ejercicio de profesiones, oficios o actividades que conlleven contacto habitual y directo con menores en el territorio español cumplir conforme a lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1 / 1996, de 15 de enero, de Protección jurídica del menor.

En ningún caso podrán tener la condición de beneficiarias las personas físicas que incurren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

Las solicitudes se pueden presentar desde el pasado día 15 de abril hasta el 12 de mayo en la web del Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat.

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