El TC tumba la rebaja del IRPF en las rentas más bajas en Catalunya

El TC tumba la rebaja del IRPF en las rentas más bajas en Catalunya

El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado la rebaja del IRPF en las rentas más bajas que introdujo el gobierno el pasado año en los presupuestos.

La Generalitat incluyó esta rebaja a través de la ley de acompañamiento de los presupuestos y el gobierno lo recurrió al Constitucional por invasión de competencias.

La sentencia considera que efectivamente la Generalitat se excedió en las competencias autonómicas aplicando la rebaja fiscal, que beneficiaba a rentas iguales o inferiores a 12.450 euros.

La sentencia del Constitucional no tendrá efectos retroactivos entre los más de 205.000 contribuyentes que se han beneficiado ya de la rebaja fiscal. No tendrán que devolver la parte deducida, aunque no podrán volver a aplicarla en el ejercicio fiscal de 2021.

La medida que ahora el tribunal ha declarado inconstitucional rebajaba la fiscalidad a los contribuyentes con rentas más bajas al elevar el mínimo exento de 5.500 a 6.015 euros. Estaba incluida en el artículo 88 de la Ley de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público que ratificó el Parlamento en abril de 2020, junto con los presupuestos.

El TC tumba la rebaja del IRPF en las rentas más bajas en Catalunya